Los principales tipos de despido
En España, la empresa puede terminar un contrato indefinido por varias vías, y cada una tiene consecuencias distintas para ti. Conocerlas te ayuda a saber qué puedes reclamar.
- Despido disciplinario: la empresa alega un incumplimiento grave. Si el juez lo declara procedente, no hay indemnización; si es improcedente, sí.
- Despido objetivo: se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización es de 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades.
- Despido colectivo (ERE): afecta a varios trabajadores a la vez y sigue la misma indemnización mínima que el objetivo, salvo mejora pactada.
- Despido nulo: vulnera derechos fundamentales; se readmite al trabajador y se pagan los salarios dejados de percibir.
Despido improcedente: 33 días por año
Si el despido no está justificado, el empresario puede readmitirte o indemnizarte. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, ese primer tramo se calcula a 45 días por año, con un tope especial.
Cómo se calcula con un ejemplo
Una persona con un salario de 24.000 € brutos al año tiene un salario diario de 65,75 €. Si lleva siete años y siete meses en la empresa, su antigüedad es de 7,58 años. En un despido improcedente le corresponden 33 × 7,58 = 250 días, que son unos 16.455 €. Si el despido fuera objetivo, serían 20 × 7,58 = 151 días, unos 9.973 €. Puedes probar tus cifras en la calculadora de indemnización por despido.
Qué salario cuenta
Para calcular la indemnización se usa el salario completo, no solo el base. Incluye pagas extra, antigüedad, pluses fijos y otros conceptos con carácter habitual. Un error común es que la empresa utilice solo el salario base y deje fuera complementos que sí deben computar.
Tributación de la indemnización
La indemnización está exenta de IRPF hasta la cuantía mínima obligatoria que establece el Estatuto de los Trabajadores y con un límite de 180.000 €. Si pactas con la empresa una cantidad mayor, la parte que exceda del mínimo legal tributa como rendimiento del trabajo. En los despidos pactados o «a la carta» conviene saber si Hacienda lo considerará un despido real.
Qué hacer cuando recibes la carta
- Lee bien la carta y comprueba la fecha, la causa alegada y el importe de la indemnización.
- No firmes nada que renuncie a derechos sin entenderlo; puedes firmar «recibí no conforme».
- Reúne tus nóminas y tu contrato, y apunta tu antigüedad exacta.
- Tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación o la demanda: no se amplían.
- Acude a un sindicato o a un abogado laboralista; muchas veces la primera consulta es gratuita.
Paro después del despido
Si te despiden, normalmente tienes derecho a la prestación por desempleo si cumples el periodo mínimo de cotización. Tienes 15 días hábiles para solicitarla. Puedes estimar su importe y duración con nuestra calculadora de paro.
Herramienta relacionada: Calculadora de indemnización por despido.