Los tipos de despido y su indemnización
La indemnización depende de cómo se califique el despido. En el despido improcedente la ley fija 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. En el despido objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, incluidos los ERE) corresponden 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. En el despido disciplinario procedente no hay indemnización, y en el despido nulo se readmite al trabajador con salarios de tramitación.
El caso del contrato anterior a febrero de 2012
La reforma laboral de 2012 redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se calcula con 45 días por año y el posterior con 33 días. Para ese tramo antiguo el límite es mayor: si la parte anterior ya supera las 24 mensualidades, la indemnización total puede llegar a 42 mensualidades.
Cómo calcula la herramienta
- El salario diario es el salario bruto anual dividido entre 365.
- La antigüedad se mide en meses: los periodos inferiores a un año se prorratean por meses, y la fracción de un mes se cuenta como un mes completo.
- Indemnización = salario diario × días por año × años de antigüedad, con los topes legales.
Ejemplo práctico
Una persona con 24.000 € brutos anuales y siete años y siete meses de antigüedad es despedida de forma improcedente. Su salario diario es de 65,75 €. Los días de indemnización son 33 × 7,58 años = 250,25 días, y la indemnización es de unos 16.455 €. Si el despido fuera objetivo, serían 20 × 7,58 = 151,67 días, unos 9.973 €.
Impuestos sobre la indemnización
La indemnización por despido está exenta de IRPF dentro del límite de la cuantía obligatoria que fija el Estatuto de los Trabajadores y hasta un máximo de 180.000 €. Si el empresario te paga más de lo que obliga la ley, el exceso sí tributa como rendimiento del trabajo. Además, la exención solo se aplica a despidos reconocidos como tales, no a las bajas voluntarias.
Plazos importantes
Tras recibir la carta de despido tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación o la demanda. Pasado ese plazo la acción caduca. Es importante no firmar el «no conforme» ni aceptar cantidades sin leer bien el documento, y conservar la carta de despido y las nóminas.
Guía relacionada: Despido improcedente u objetivo: cuánta indemnización te corresponde.